Ley [LIMJ]
Artículo 6 de Ley Del Instituto Mexicano De La Juventud
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 6. La canalización de fondos por parte del Instituto para proyectos, estudios, programas e investigaciones relacionadas con su objeto, estará sujeta a la celebración de un contrato o convenio, que asegure su debido cumplimiento.