Ley [LIMJ]

Artículo 6 de Ley Del Instituto Mexicano De La Juventud

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 6. La canalización de fondos por parte del Instituto para proyectos, estudios, programas e investigaciones relacionadas con su objeto, estará sujeta a la celebración de un contrato o convenio, que asegure su debido cumplimiento.

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