Ley [LIMJ]

Artículo 7 de Ley Del Instituto Mexicano De La Juventud

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 7. El Instituto contará con los siguientes órganos de administración:

  1. Junta Directiva;
  2. Dirección General, y
  3. Las estructuras administrativas que se establezcan en el Estatuto Orgánico.
Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias