Ley [LNEP]

Artículo 167 de Ley Nacional De Ejecución Penal

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley Nacional De Ejecución Penal (LNEP)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 167. Incumplimiento del trabajo en favor de la comunidad

Si los trabajos a favor de la comunidad se le hubieren impuesto al sentenciado como sustitutivo de la pena de prisión y no cumpla, en audiencia se ordenará su reaprehensión en los términos de esta Ley. Asimismo, será recluido en el Centro Penitenciario durante un tiempo igual al de la pena de prisión que haya sido sustituida y que haya quedado pendiente de compurgarse, descontándose únicamente las jornadas que haya efectivamente laborado, correspondiendo un día de reclusión por cada jornada laborada.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad