Ley [LNEP]

Artículo 196 de Ley Nacional De Ejecución Penal

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Artículo 196. Controversias

Las controversias que se presenten con motivo del trato y el tratamiento en la ejecución de las medidas de seguridad, que no sean de la competencia de las y los jueces del proceso, serán resueltas por los jueces de ejecución con apego a esta Ley, con la realización de los ajustes razonables al procedimiento.

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