Ley [LNEP]

Artículo 43 de Ley Nacional De Ejecución Penal

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Artículo 43. Restricciones al Aislamiento

El aislamiento temporal no será motivo de restricción o impedimento para la comunicación con el defensor en los términos de esta Ley.

En el caso de mujeres embarazadas y de las madres que conviven con sus hijas e hijos al interior del Centro Penitenciario no procederá el aislamiento.

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