Ley [LNETB]

Artículo 110 de Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos

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Artículo 110. El Padrón contará con los datos que establezca la Autoridad Nacional, de las personas servidoras públicas a que se refiere el artículo 108 de esta Ley, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de protección de datos personales.

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