Ley [LNETB]

Artículo 17 de Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos (LNETB)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 17. La Autoridad Nacional emitirá los Lineamientos para la implementación del Modelo Nacional para Eliminar los Trámites Burocráticos, el Modelo Nacional para la Digitalización, el Modelo Nacional de Homologación de Trámites y Servicios, la Compartición de Soluciones Tecnológicas y el Desarrollo de Capacidades Públicas, así como el Modelo Nacional de Atención Ciudadana, de aplicación nacional y observancia obligatoria para los Sujetos Obligados.

Las entidades federativas, Municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en lo que no contravenga a lo previsto en la presente Ley y en los lineamientos que emita la Autoridad Nacional, estarán facultados para emitir los manuales, políticas, bases, reglas y otros documentos normativos que permitan la implementación del Modelo Nacional para Eliminar los Trámites Burocráticos, el Modelo Nacional para la Digitalización, el Modelo Nacional de Homologación de Trámites y Servicios, la Compartición de Soluciones Tecnológicas y el Desarrollo de Capacidades Públicas, así como el Modelo Nacional de Atención Ciudadana, en su respectivo ámbito de competencia.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad