Ley [LNETB]

Artículo 74 de Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 74. Todo Sujeto Obligado o Autoridad Local que desarrolle o habilite una plataforma digital para Trámites y Servicios deberá integrar el inicio de sesión único de Llave MX, conforme a los lineamientos que para tal efecto emita la Autoridad Nacional.

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