Ley [LNETB]
Artículo 89 de Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos
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Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos (LNETB)
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Artículo 89. La Autoridad Nacional establecerá los modelos para la homologación de Trámites y Servicios, en los que establecerá la propuesta del trámite, sus requisitos y tiempos de resolución, a efecto de que en coordinación con la Autoridad Local y los Enlaces de Simplificación y Digitalización se lleven a cabo las acciones para su implementación, y armonización de la Regulación.
Las Autoridades Locales podrán hacer propuestas de armonización de Trámites y Servicios de impacto nacional, a través de la Autoridad Nacional, la que evaluará y coordinará con el resto de las Autoridades Locales.
En ningún caso, la armonización normativa podrá obstaculizar la implementación inmediata de los modelos de homologación y estandarización de Trámites y Servicios, debiendo hacerse uso de los instrumentos jurídicos previstos en esta Ley.