Ley [LNETB]
Artículo décimo quinto de Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos
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Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos (LNETB)
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décimo quinto..- En un plazo no mayor a treinta días naturales contados a partir del plazo previsto en el Artículo Décimo Cuarto transitorio, las personas titulares de los Sujetos Obligados Estatales o Municipales deberán designar a sus respectivos Enlaces de Simplificación y Digitalización.
La designación correspondiente deberá ser notificada a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, y a la respectiva Autoridad Local.