Ley [LNMASCMP]

Artículo 18 de Ley Nacional De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias En Materia Penal

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 18. Suspensión de la prescripción

El término de la prescripción de la acción penal se suspenderá durante la sustanciación de los Mecanismos Alternativos, a partir de la primera sesión del Mecanismo Alternativo y hasta que se actualice alguna de las causales de conclusión, salvo que ésta produzca la extinción de la acción penal.

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