Ley [LNMASCMP]

Artículo 45 de Ley Nacional De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias En Materia Penal

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley Nacional De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias En Materia Penal (LNMASCMP)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 45. Coordinación entre la Federación y entidades federativas

La Fiscalía General de la República y procuradurías y fiscalías generales de las entidades federativas, así como el Poder Judicial de la Federación y de las entidades federativas podrán celebrar convenios de colaboración para el cumplimiento de los objetivos previstos en esta Ley.

Artículo reformado DOF

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad