Ley [LNSIJPA]

Artículo décimo segundo de Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes

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TRANSITORIOS

décimo segundo.. Legislación complementaria

En un plazo que no exceda de 200 días naturales después de publicado el presente Decreto, la Federación y las entidades federativas deberán publicar las reformas a sus leyes y demás normatividad complementaria que resulten necesarias para la implementación de esta Ley.

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Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes (LNSIJPA)

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