Ley [LNUF]

Artículo 25 de Ley Nacional Sobre El Uso De La Fuerza

Ver ley completa

Artículo 25. Las detenciones podrán ser registradas en medios audiovisuales que serán accesibles por los medios que establezcan las disposiciones en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Navegación jurídica

Relaciones verificadas del artículo

Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.

Buscar en esta ley Por artículo o término

Buscar artículo o término en esta ley

Ley Nacional Sobre El Uso De La Fuerza (LNUF)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Formatos y archivos Markdown
Publicidad