Ley [LOCGEUM]

Artículo 30 de Ley Orgánica Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley Orgánica Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos (LOCGEUM)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

    1Los diputados que no se inscriban o dejen de pertenecer a un Grupo Parlamentario sin integrarse a otro existente, serán considerados como diputados sin partido, debiéndoseles guardar las mismas consideraciones que a todos los legisladores y apoyándolos, conforme a las posibilidades de la Cámara, para que puedan desempeñar sus atribuciones de representación popular.
Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad