Ley [LOEFAM]

Artículo 202 de Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 202. Los recursos materiales podrán ser dados de baja y el Secretario de la Defensa Nacional podrá disponer de este material conforme sea necesario para el servicio.

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