Ley [LOTFJA]
Artículo 52 de Ley Orgánica Del Tribunal Federal De Justicia Administrativa
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 52. El Presidente del Tribunal será electo por el Pleno General de la Sala Superior en la primera sesión del año siguiente a aquél en que concluya el periodo del Presidente en funciones. Durará en su cargo tres años y no podrá ser reelecto para ningún otro periodo.
Serán elegibles los Magistrados de Sala Superior cuyos nombramientos cubran el periodo antes señalado.
Referenciado por otras leyes
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Ley General De Responsabilidades Administrativas (LGRA) · 1
Ley General Del Sistema Nacional Anticorrupción (LGSNA_200521) · 1
Ley General De Responsabilidades Administrativas
[LGRA]
Artículo quinto
· referencia 770
Para efectos del artículo 52 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Presidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, no podrá ser nombrado Presidente del Tribunal...
Ley General Del Sistema Nacional Anticorrupción
[LGSNA_200521]
Artículo quinto
· referencia 354
Para efectos del artículo 52 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Presidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, no podrá ser nombrado Presidente del Tribunal...
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