Ley [LOUAAAN]

Artículo primero de Ley Orgánica De La Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro

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TRANSITORIOS

primero.. El presente Decreto se publicará en el Diario Oficial de la Federación y entrará en vigor al día siguiente a aquél en que el H. Congreso del Estado apruebe y el Titular del Ejecutivo Estatal publique en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila de Zaragoza la Abrogación de la Ley Orgánica de la Universidad Agraria Antonio Narro del 4 de abril de 1989, y la desincorporación de todos los bienes muebles e inmuebles que conforman el patrimonio de la Universidad.

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