Ley [LPERC]
Artículo 114 de Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 114.- El Premio al Mérito Ecológico, se entregará en las siguientes categorías:
- I- Comunitaria;
- II- Cultura y Comunicación Ambiental;
- III- Educación Ambiental Formal;
- IV- Educación Ambiental No Formal;
- V- Individual, y
- VI- Investigador.
Artículo adicionado DOF . Reformado DOF ,