Ley [LPERC]
Artículo 17 de Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 17.- Para ser miembro de un Jurado se requiere:
- I- Ser ciudadano mexicano;
- II- Tener un modo honesto de vivir;
- III- Haber destacado por sus cualidades cívicas;
- IV- Tener la calificación técnica o científica necesaria, cuando la naturaleza del premio así lo requiera.