Ley [LPPDDHP]

Artículo cuarto de Ley Para La Protección De Personas Defensoras De Derechos Humanos Y Periodistas

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cuarto..- La primera Junta de Gobierno se instalará en el término de diez días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de esta Ley, con la participación de las dependencias de la Administración Pública Federal y la .

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