Artículo 32.- La de Primera Clase se otorga al autor de un invento útil a la Armada, que dé honra y prestigio a la Nación.
Ley [LRAM]
Artículo 32.- La de Primera Clase se otorga al autor de un invento útil a la Armada, que dé honra y prestigio a la Nación.
Navegación jurídica
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Ley De Recompensas De La Armada De México (LRAM)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.