Ley [LRArt6_MDR]

Artículo 5 de Ley Reglamentaria Del Artículo 6O., Párrafo Primero, De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, En Materia Del Derecho De Réplica

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 5. La crítica periodística será sujeta al derecho de réplica en los términos previstos en , siempre y cuando esté sustentada en información falsa o inexacta cuya divulgación le cause un agravio a la persona que lo solicite, ya sea político, económico, en su honor, imagen, reputación o, vida privada.

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