Ley [LSE]
Artículo 17 de Ley Del Sector Eléctrico
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 17.- La actividad de generación puede realizarse a través de las siguientes figuras:
- Generación Distribuida;
- Autoconsumo, y
- Generación para el Mercado Eléctrico Mayorista.