cuarto.. El Ejecutivo Federal realizará las adecuaciones necesarias al Estatuto del CNI en un plazo no mayor a 90 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto. Hasta en tanto eso suceda, se continuará aplicando el Estatuto vigente.
Ley [LSNIIMSP]
Artículo cuarto de Ley Del Sistema Nacional De Investigación E Inteligencia En Materia De Seguridad Pública
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