Ley [LSNIIMSP]

Artículo sexto de Ley Del Sistema Nacional De Investigación E Inteligencia En Materia De Seguridad Pública

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Ley Del Sistema Nacional De Investigación E Inteligencia En Materia De Seguridad Pública (LSNIIMSP)

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TRANSITORIOS

sexto.. El Congreso de la Unión, en un plazo no mayor a 180 días contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, deberá aprobar las reformas necesarias a la Ley de Seguridad Nacional, a fin de armonizarlas con lo dispuesto en esta Ley.

Ciudad de México, a 1 de julio de 2025.- Dip. Sergio Carlos Gutiérrez Luna, Presidente.- Sen. Gerardo Fernández Noroña, Presidente.- Dip. José Luis Montalvo Luna, Secretario.- Sen. Verónica Noemí Camino Farjat, Secretaria.- Rúbricas."

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 15 de julio de 2025.- Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos.- Rúbrica.- Lcda. Rosa Icela Rodríguez Velázquez, .- Rúbrica.

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