Ley [LSPM]
Artículo 21 de Ley Del Servicio Postal Mexicano
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 21.- Las empresas y contratistas de transporte que conduzcan correspondencia y envíos, están obligados en los casos de accidentes de sus vehículos, a que la correspondencia y envíos continúen su curso.