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Ley Del Servicio Postal Mexicano (LSPM)
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Ley Del Servicio Postal Mexicano
Resumen de la ley
La Ley del Servicio Postal Mexicano regula la prestación del servicio público de correos y otros servicios postales expresamente previstos. Declara que el servicio público de correos es área estratégica reservada al Estado y asigna al Gobierno Federal, por conducto del organismo descentralizado Servicio Postal Mexicano, la recepción, transportación y entrega de correspondencia y servicios diversos.
La ley establece definiciones, inviolabilidad y sigilo de correspondencia, reserva estatal, normalización de piezas postales, correspondencia irregular y prohibida, transporte, entrega, rezago, modalidades de correspondencia, responsabilidades, reembolso, seguro postal, acuse de recibo, servicios acelerados, almacenaje, cajas de apartado, giros, vales, identificación postal, derechos de remitentes y destinatarios, franqueo, estampillas, agentes y franquicias postales.
Lo esencial
Qué regula
- Servicio público de correos.
- Servicios diversos de recepción, transportación y entrega de envíos distintos a correspondencia.
- Reserva del Estado para el servicio público de correos.
- Inviolabilidad y sigilo postal.
- Dimensiones, peso, franqueo y normalización de correspondencia.
- Envíos irregulares, prohibidos y rezagados.
- Transporte, entrega y modalidades de correspondencia y envíos.
- Límites de responsabilidad del organismo.
- Servicios de reembolso, seguro postal, acuse de recibo, servicio acelerado, almacenaje, cajas de apartado, giros, vales e identificación postal.
- Derechos de remitentes y destinatarios.
- Franqueo, estampillas, máquinas franqueadoras, agentes y franquicias postales.
A quién aplica
- Al Gobierno Federal.
- Al organismo descentralizado Servicio Postal Mexicano.
- A la Secretaría competente en comunicaciones, conforme a la denominación legal del texto.
- A remitentes y destinatarios.
- A personas físicas o morales que proporcionen servicios diversos.
- A agentes que auxilian al organismo.
- A autoridades que deben proteger y facilitar transporte de correspondencia y envíos.
- A particulares autorizados para venta de estampillas o uso de máquinas franqueadoras.
- A beneficiarios de franquicias postales establecidas en legislación federal.
Materias principales
- Servicio público de correos.
- Correspondencia y tarjetas postales.
- Servicios diversos y envíos.
- Inviolabilidad, sigilo y datos postales.
- Reserva estatal.
- Franqueo y derechos.
- Envíos prohibidos e irregulares.
- Rezago y reclamaciones.
- Responsabilidad, indemnización, reembolso y seguro postal.
- Giros, vales postales, identificación postal y cajas de apartado.
- Estampillas, máquinas franqueadoras y agentes.
- Franquicias postales.
Derechos principales
- Derecho al sigilo e inviolabilidad de la correspondencia.
- Derecho de remitentes a disponer de la correspondencia mientras permanezca en poder de la oficina postal.
- Derecho de remitentes a reclamar indemnización cuando proceda por pérdida, avería o faltante.
- Derecho de destinatarios a recibir correspondencia y envíos dirigidos a ellos, conforme a modalidades legales y reglamentarias.
- Derecho a solicitar ampliación de conservación dentro de límites legales cuando proceda.
- Derecho a servicios complementarios como reembolso, seguro postal, acuse de recibo, cajas de apartado, giros, vales e identificación postal.
- Derecho a que las autoridades faciliten transporte y eviten interrupción o retardo de correspondencia y envíos.
Aplicación práctica
Obligaciones principales
- El organismo debe recibir, transportar y entregar correspondencia y servicios diversos conforme a la ley.
- La Secretaría debe regular, inspeccionar y vigilar el servicio público de correos y servicios diversos.
- Quienes intervengan en servicios postales no deben proporcionar informes sobre las personas usuarias, salvo excepciones legales.
- Las personas que presten servicios diversos deben sujetarse a esta ley y a la Ley de Vías Generales de Comunicación.
- Remitentes deben presentar correspondencia y envíos conforme a peso, dimensiones, franqueo y reglas de empaque.
- No deben circular por correo envíos contrarios a la ley, peligrosos, de fácil descomposición, ofensivos, vinculados a delitos, con animales vivos, sustancias ilegales, psicotrópicos o estupefacientes.
- Autoridades deben proteger, auxiliar y facilitar transporte de correspondencia y proceder ante pérdida o extravío posiblemente delictivo.
Trámites, procedimientos o acciones relacionadas
- Depósito, transporte y entrega de correspondencia.
- Depósito, transporte y entrega de servicios diversos.
- Pago de franqueo y uso de estampillas o máquinas franqueadoras autorizadas.
- Reclamaciones por rezago, pérdida, avería o faltante.
- Servicio de reembolso.
- Contratación de seguro postal.
- Acuse de recibo de piezas registradas o con derechos por cobrar.
- Servicio acelerado de correspondencia y envíos.
- Servicio de almacenaje y cajas de apartado.
- Expedición y cobro de giros y vales postales.
- Expedición de cartilla de identificación postal.
- Autorización de máquinas franqueadoras y venta de estampillas.
- Convenios para franquicias postales.
Sanciones o consecuencias
La ley no contiene un capítulo general de multas administrativas como otras leyes sectoriales. Sus consecuencias operan principalmente mediante rechazo o no admisión de envíos, puesta a disposición de autoridad competente, cobros al destinatario por franqueo faltante, rezago, pérdida de responsabilidad por transcurso de plazos, prescripción de derechos y aplicación de leyes penales o administrativas cuando se presuma delito.
Los envíos prohibidos pueden ponerse a disposición de la autoridad competente. La responsabilidad del organismo cesa en supuestos como entrega legal, devolución, transcurso de seis meses sin reclamación o falta de cobro de indemnización dentro de tres meses desde la notificación. Los giros y vales prescriben en tres años, salvo interrupción.
Definiciones importantes
- Secretaría: Secretaría de Comunicaciones y Transportes, conforme al texto legal.
- Servicio público de correos: recepción, transportación y entrega de correspondencia.
- Correspondencia: contenida en sobre cerrado y tarjetas postales que cumplan normas legales y reglamentarias.
- Servicios diversos: recepción, transportación y entrega de envíos distintos a correspondencia.
- Organismo: organismo descentralizado denominado Servicio Postal Mexicano.
- Correspondencia o envíos irregulares: piezas sin franqueo, insuficientemente franqueadas, sin dirección, con dirección insuficiente, con empaque inadecuado o fuera de límites de peso y dimensiones.
- Rezago: situación de correspondencia o envíos que no pueden entregarse a destinatarios ni devolverse a remitentes.
- Franquicia postal: exención o facilidad establecida por legislación federal y ejercida mediante convenio.
Explora a detalle
Artículos clave
- Artículo 1: objeto de regular el servicio público de correos y servicios diversos.
- Artículo 2: definiciones de Secretaría, servicio público de correos, correspondencia, servicios diversos y organismo.
- Artículo 4: atribuye al Gobierno Federal, por conducto del organismo, los servicios.
- Artículos 8 a 10: inviolabilidad, sigilo y excepciones.
- Artículo 11: reserva estatal del servicio público de correos.
- Artículos 14 a 16: envíos irregulares y prohibidos.
- Artículos 17 a 23: transporte y entrega.
- Artículos 24 y 25: rezago.
- Artículos 31, 35 y 41: límites y cese de responsabilidad.
- Artículos 37 a 42: seguro postal y acuse.
- Artículos 59 a 61: derechos de remitentes y destinatarios.
- Artículos 64 a 72: estampillas, agentes y franquicias postales.
Mapa de temas
- Capítulo I: disposiciones generales.
- Capítulo II: inviolabilidad y sigilo.
- Capítulo III: reserva del Estado.
- Capítulo IV: normalización de correspondencia.
- Capítulo V: correspondencia y envíos irregulares y prohibidos.
- Capítulos VI a IX: transporte, entrega, rezago y modalidades.
- Capítulo X: límite de responsabilidades.
- Capítulos XI a XVIII: reembolso, seguro postal, acuse, servicio acelerado, almacenaje, cajas de apartado, giros, vales e identificación postal.
- Capítulos XIX y XX: derechos de remitentes y destinatarios.
- Capítulos XXI a XXIV: franqueo, estampillas, agentes y franquicias postales.
- Transitorios: entrada en vigor, derogación de reglas previas y reformas posteriores.
Plazos importantes
- La ley original entró en vigor noventa días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
- Correspondencia y envíos en rezago permanecen a disposición de remitentes o destinatarios seis meses desde su depósito.
- Cesan responsabilidades por ciertos envíos si transcurren seis meses desde el depósito sin reclamación.
- El documento que ampara valor de correspondencia o envíos con reembolso prescribe en tres años desde su depósito.
- El derecho para cobrar giro o vale postal prescribe después de tres años desde su expedición, salvo interrupción por reclamación o litigio.
- El aviso de pago de giros puede solicitarse al expedir el giro o dentro de treinta días siguientes.
- La cartilla de identidad postal tiene vigencia de cinco años desde su expedición.
- Algunas reformas posteriores entraron en vigor al día siguiente o treinta días después de su publicación, según sus transitorios.
Preguntas frecuentes
¿Qué regula la Ley del Servicio Postal Mexicano?
Regula el servicio público de correos y otros servicios postales, incluyendo recepción, transporte, entrega, franqueo, rezago y servicios complementarios.
¿El servicio público de correos está reservado al Estado?
Sí. La ley lo declara área estratégica reservada al Estado en forma exclusiva.
¿La correspondencia puede ser revisada?
La correspondencia está protegida por inviolabilidad y sigilo. Solo se pueden rendir informes en supuestos legales, como orden judicial o del Ministerio Público.
¿Qué pasa con los envíos prohibidos?
Cuando se advierta que un envío es de circulación prohibida, debe ponerse a disposición de la autoridad competente.
¿Cuánto tiempo permanece un envío en rezago?
La correspondencia y los envíos en rezago permanecen a disposición de remitentes o destinatarios durante seis meses desde su depósito.
Índice de artículos
Ley Del Servicio Postal Mexicano
74 artículos disponibles en LSPM.
- Artículo 1o
- Artículo 2o
- Artículo 3o
- Artículo 4o
- Artículo 5o
- Artículo 6o
- Artículo 7o
- Artículo 8o
- Artículo 9o
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15
- Artículo 16
- Artículo 17
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Artículo 21
- Artículo 22
- Artículo 23
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26
- Artículo 27
- Artículo 28
- Artículo 29
- Artículo 30
- Artículo 31
- Artículo 32
- Artículo 33
- Artículo 34
- Artículo 35
- Artículo 36
- Artículo 37
- Artículo 38
- Artículo 39
- Artículo 40
- Artículo 41
- Artículo 42
- Artículo 43
- Artículo 44
- Artículo 45
- Artículo 46
- Artículo 47
- Artículo 48
- Artículo 49
- Artículo 50
- Artículo 51
- Artículo 52
- Artículo 53
- Artículo 54
- Artículo 55
- Artículo 56
- Artículo 57
- Artículo 58
- Artículo 59
- Artículo 60
- Artículo 61
- Artículo 62
- Artículo 63
- Artículo 64
- Artículo 65
- Artículo 66
- Artículo 67
- Artículo 68
- Artículo 69
- Artículo 70
- Artículo 71
- Artículo 72
- Artículo primero
- Artículo segundo
LEY DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1986
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 19-01-2023