Ley [LSPM]
Artículo 46 de Ley Del Servicio Postal Mexicano
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 46.- El servicio de almacenaje consiste en la conservación y guarda de correspondencia y de envíos que el público deposita en las oficinas postales. Este servicio se prestará en los términos y condiciones señalados en las disposiciones reglamentarias.