Ley [LSPM]
Artículo 51 de Ley Del Servicio Postal Mexicano
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 51.- La cantidad máxima por la que podrá expedirse un giro postal, será la que fije el organismo.
Ley [LSPM]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 51.- La cantidad máxima por la que podrá expedirse un giro postal, será la que fije el organismo.