Ley [LSS]

Artículo 214 de Ley Del Seguro Social

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 214. Las prestaciones o servicios de solidaridad social comprenden acciones de salud comunitaria, asistencia médica, farmacéutica e incluso hospitalaria, en la forma y términos establecidos en los artículos al de .

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