Ley [LSS]

Artículo 221 de Ley Del Seguro Social

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 221. La conservación de derechos se rige por lo establecido en los capítulos relativos del régimen obligatorio.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias