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Ley General De Sociedades Cooperativas (LGSC)
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Ley General De Sociedades Cooperativas
Resumen de la ley
La Ley General De Sociedades Cooperativas regula la constitución, organización, funcionamiento, integración, disolución y liquidación de sociedades cooperativas y de sus organismos de integración.
La ley reconoce a las cooperativas como organizaciones sociales de personas físicas basadas en intereses comunes, solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, destinadas a satisfacer necesidades individuales y colectivas mediante actividades económicas de producción, distribución o consumo.
Lo esencial
Qué regula
- Constitución y personalidad jurídica de sociedades cooperativas.
- Principios cooperativos, derechos y obligaciones de socios.
- Clases de cooperativas de consumidores, productores y ahorro y préstamo.
- Órganos sociales, asambleas, consejos y comisiones.
- Capital social, certificados de aportación, fondos y rendimientos.
- Integración en uniones, federaciones, confederaciones y organismos cooperativos.
- Disolución, liquidación, promoción y apoyo institucional.
A quién aplica
- Sociedades cooperativas y sus socios.
- Cooperativas de consumidores de bienes o servicios.
- Cooperativas de productores de bienes o servicios.
- Sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, en coordinación con su ley especial.
- Uniones, federaciones, confederaciones y organismos cooperativos.
- Instituto Nacional de la Economía Social y autoridades de promoción, registro y vigilancia.
- Autoridades judiciales y administrativas que conocen controversias cooperativas.
Materias principales
- Naturaleza social y principios cooperativos.
- Constitución, bases constitutivas e inscripción registral.
- Clases y categorías de cooperativas.
- Asamblea general, administración, vigilancia y comisiones.
- Régimen económico, reservas, educación cooperativa y distribución de rendimientos.
- Derechos, deberes, exclusión y retiro de socios.
- Disolución, liquidación, integración y fomento cooperativo.
Derechos principales
- Constituir cooperativas para realizar actividades económicas lícitas.
- Participar democráticamente en asamblea general.
- Votar, ser votado y participar en órganos sociales conforme a bases constitutivas.
- Recibir rendimientos según participación en el trabajo, consumo o servicios.
- Retirarse voluntariamente y ejercer derechos de socio.
- Recibir educación cooperativa y acceder a información de la sociedad.
- Integrarse en organismos cooperativos para representación, apoyo y servicios comunes.
Aplicación práctica
Obligaciones principales
- Cumplir principios cooperativos y bases constitutivas.
- Aportar capital o trabajo conforme a la clase de cooperativa.
- Participar en asambleas, órganos, comisiones y actividades cooperativas.
- Respetar acuerdos sociales válidos y reglas de administración democrática.
- Integrar fondos de reserva y educación cooperativa conforme a porcentajes legales.
- Inscribir modificaciones y actos necesarios en el Registro Público de Comercio.
- Las cooperativas de ahorro y préstamo deben cumplir además su régimen financiero especial.
Trámites, procedimientos o acciones relacionadas
- Asamblea constitutiva y firma del acta constitutiva.
- Inscripción de constitución y modificaciones en el Registro Público de Comercio.
- Elaboración o modificación de bases constitutivas.
- Convocatoria y celebración de asambleas ordinarias o extraordinarias.
- Integración de consejo de administración, consejo de vigilancia y comisiones.
- Formación de fondos de reserva y educación cooperativa.
- Procedimiento de exclusión, retiro, disolución o liquidación.
- Integración en uniones, federaciones, confederaciones u organismos cooperativos.
Sanciones o consecuencias
- Nulidad de actos cuando se simule una cooperativa o se use indebidamente la denominación.
- Responsabilidad subsidiaria de socios cuando no se inscriban actos frente a terceros en los supuestos legales.
- Exclusión de socios por causas previstas en bases constitutivas y ley.
- Disolución por causas legales, imposibilidad de objeto o acuerdo de asamblea.
- Liquidación y reparto del haber social conforme a reglas cooperativas.
- Responsabilidad de administradores, consejeros o liquidadores por incumplir deberes.
- Aplicación supletoria de reglas mercantiles cuando la ley lo permite.
Definiciones importantes
- **Sociedad cooperativa:** organización social de personas físicas con intereses comunes, solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua.
- **Organismos cooperativos:** uniones, federaciones y confederaciones integradas por sociedades cooperativas.
- **Sistema Cooperativo:** estructura económica y social integrada por cooperativas y sus organismos.
- **Movimiento Cooperativo Nacional:** conjunto de cooperativas y organismos que promueven principios cooperativos.
- **Certificado de aportación:** documento que representa aportaciones de socios al capital social.
- **Fondo de reserva:** fondo formado con rendimientos para fortalecer la sociedad.
- **Fondo de educación cooperativa:** fondo destinado a formación, capacitación y cultura cooperativa.
Explora a detalle
Artículos clave
- **Artículo 1:** establece objeto de regulación.
- **Artículo 2:** define sociedad cooperativa.
- **Artículo 6:** enumera principios cooperativos.
- **Artículos 11 a 19:** regulan constitución, acta, bases e inscripción.
- **Artículo 21:** clasifica sociedades cooperativas.
- **Artículos 34 a 46:** regulan órganos sociales y asambleas.
- **Artículos 49 a 63:** regulan capital, fondos y rendimientos.
- **Artículos 64 y 65:** regulan derechos y relaciones de socios.
- **Artículos 66 a 73:** regulan disolución y liquidación.
- **Artículos 74 a 78 Bis:** regulan integración cooperativa.
Mapa de temas
| Tema | Contenido principal |
|---|---|
| Constitución | Asamblea, acta, bases constitutivas y personalidad jurídica. |
| Principios | Libertad de asociación, democracia, ayuda mutua, educación e integración. |
| Clases | Consumidores, productores y ahorro y préstamo. |
| Órganos | Asamblea general, consejo de administración, vigilancia y comisiones. |
| Capital | Aportaciones, fondos, rendimientos y reservas. |
| Socios | Derechos, deberes, retiro, exclusión y participación económica. |
| Integración | Uniones, federaciones, confederaciones y organismos cooperativos. |
Plazos importantes
| Plazo | Regla |
|---|---|
| 7 días naturales | Anticipación mínima para convocar asamblea general. |
| Hasta 5 años | Duración máxima ordinaria de integrantes del consejo de administración. |
| 48 horas | Plazo para que el consejo de vigilancia ejerza veto por escrito sobre resoluciones. |
| 30 días | Plazo para convocar asamblea extraordinaria cuando el veto no sea reconsiderado. |
| 30 días | Plazo para que liquidadores presenten proyecto de liquidación después de asumir el cargo. |
| 10 días hábiles | Plazo para que tribunales resuelvan determinados asuntos de liquidación. |
| Cada 2 años | Periodicidad del Congreso Nacional Cooperativo. |
| 180 días naturales | Plazo transitorio para modelo de certificación del Instituto Nacional de la Economía Social en la reforma de 2025. |
Preguntas frecuentes
¿De qué trata la Ley General De Sociedades Cooperativas?
Regula la creación, organización, operación, integración, disolución y liquidación de sociedades cooperativas y sus organismos.
¿Qué tipos de cooperativas reconoce la ley?
Reconoce cooperativas de consumidores, de productores y de ahorro y préstamo, estas últimas también sujetas a su legislación especial.
¿Cuál es el órgano máximo de una cooperativa?
La asamblea general es la autoridad suprema de la sociedad cooperativa y decide los asuntos más relevantes.
¿Qué fondos deben formar las cooperativas?
Deben integrar, entre otros, fondo de reserva y fondo de educación cooperativa conforme a porcentajes previstos por la ley.
¿Dónde se consulta la fuente oficial?
La fuente oficial se consulta en la Cámara de Diputados, en versiones HTML, PDF y DOC.
Índice de artículos
Ley General De Sociedades Cooperativas
127 artículos disponibles en LGSC.
- Artículo 1
- Artículo 2
- Artículo 3
- Artículo 4
- Artículo 5
- Artículo 6
- Artículo 7
- Artículo 8
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15
- Artículo 16
- Artículo 17
- Artículo 17 bis
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Artículo 21
- Artículo 22
- Artículo 23
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26
- Artículo 27
- Artículo 28
- Artículo 29
- Artículo 30
- Artículo 31
- Artículo 32
- Artículo 33
- Artículo 33 bis
- Artículo 33 bis 1
- Artículo 33 bis 2
- Artículo 33 bis 3
- Artículo 34
- Artículo 35
- Artículo 36
- Artículo 37
- Artículo 38
- Artículo 39
- Artículo 40
- Artículo 40 bis
- Artículo 41
- Artículo 42
- Artículo 43
- Artículo 43 bis
- Artículo 43 bis 1
- Artículo 44
- Artículo 45
- Artículo 45 bis
- Artículo 46
- Artículo 46 bis
- Artículo 46 bis 1
- Artículo 46 bis 2
- Artículo 46 bis 3
- Artículo 47
- Artículo 48
- Artículo 49
- Artículo 50
- Artículo 51
- Artículo 52
- Artículo 53
- Artículo 54
- Artículo 55
- Artículo 55 bis
- Artículo 56
- Artículo 57
- Artículo 58
- Artículo 59
- Artículo 60
- Artículo 61
- Artículo 62
- Artículo 63
- Artículo 64
- Artículo 65
- Artículo 65 bis
- Artículo 66
- Artículo 67
- Artículo 68
- Artículo 69
- Artículo 70
- Artículo 71
- Artículo 72
- Artículo 73
- Artículo 74
- Artículo 75
- Artículo 76
- Artículo 77
- Artículo 78
- Artículo 78 bis
- Artículo 78 bis 1
- Artículo 78 bis 2
- Artículo 78 bis 3
- Artículo 78 bis 4
- Artículo 78 bis 5
- Artículo 78 bis 6
- Artículo 78 bis 7
- Artículo 78 bis 8
- Artículo 78 bis 9
- Artículo 78 bis 10
- Artículo 78 bis 11
- Artículo 78 bis 12
- Artículo 78 bis 13
- Artículo 79
- Artículo 80
- Artículo 81
- Artículo 82
- Artículo 83
- Artículo 84
- Artículo 85
- Artículo 86
- Artículo 87
- Artículo 88
- Artículo 89
- Artículo 90
- Artículo 91
- Artículo 92
- Artículo 93
- Artículo 94
- Artículo primero
- Artículo segundo
- Artículo tercero
- Artículo cuarto
LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de agosto de 1994
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 16-04-2025