Ley [LGSC]
Artículo 91 de Ley General De Sociedades Cooperativas
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 91.- Todos los actos relativos a la y registro de las sociedades cooperativas citados en , estarán exentos de impuestos y derechos fiscales de carácter federal. Para este efecto, la autoridad competente expedirá las resoluciones fiscales que al efecto procedan.