Ley [LGSC]
Artículo 39 de Ley General De Sociedades Cooperativas
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 39.- Las bases constitutivas pueden autorizar el voto por carta poder otorgada ante dos testigos, debiendo recaer en todo caso la representación, en un coasociado, sin que éste pueda representar a más de dos socios.