Ley [LSS]
Artículo 317 de Ley Del Seguro Social
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 317. Si un servidor público en ejercicio de sus funciones comete o en cualquier forma participa en la comisión de un delito previsto en este Capítulo, la pena aplicable por el delito que resulte se aumentará de tres meses a tres años de prisión.
Artículo adicionado DOF