Ley [LSS]

Artículo 60 de Ley Del Seguro Social

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 60. Los certificados de incapacidad temporal que expida el Instituto se sujetarán a lo que establezca el reglamento relativo.

El pago de los subsidios se hará por períodos vencidos no mayores de siete días.

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