Ley [LViv]

Artículo 49 de Ley De Vivienda

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 49.- Las reglas de operación de los programas de las dependencias, entidades y organismos de la Administración Pública Federal en materia de mejoramiento de vivienda, contemplarán mecanismos de complementariedad a las aportaciones que realicen los gobiernos de las entidades federativas y municipios para la aplicación de dichos programas.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias