Ley [Reg_Diputados]
Artículo 190 de Reglamento De La Cámara De Diputados
Texto íntegro, referencias y ley completa.
- Los diputados y diputadas manifestarán su decisión, en torno a un asunto determinado cuando emitan su voto.
- Previo de la realización de una votación nominal se verificará el quórum.
Artículo reformado DOF