Ley [Reg_Diputados]
Artículo 294 de Reglamento De La Cámara De Diputados
Texto íntegro, referencias y ley completa.
- 1En el Orden del día de las sesiones, publicado en la Gaceta Parlamentaria, se encontrará el enlace para el ingreso de las diputadas y los diputados a la Plataforma Digital de videoconferencia para que participen de manera telemática. La contraseña de acceso respectiva será remitida mediante correos institucionales o la aplicación móvil que acuerden los órganos de gobierno.
Artículo adicionado DOF