Ley [Reg_Diputados]
Artículo 35 de Reglamento De La Cámara De Diputados
Texto íntegro, referencias y ley completa.
- 1Las Sesiones de la Cámara tendrán el carácter de ordinarias, extraordinarias, solemnes o permanentes; todas las sesiones serán públicas.
Artículo reformado DOF ,