SEGUNDO.- Las sanciones de “pase a depósito” conforme a la Ley de Disciplina de la Armada de México en vigor hasta el 13 de diciembre de 2002, para efectos de evaluación de la conducta militar del personal en términos del presente Reglamento, se entenderán como sanciones de “pase a disposición en espera de órdenes”, de conformidad con la Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México en vigor.
Reglamento [Reg_LAAM]
Artículo Transitorio SEGUNDO de REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
Transitorios
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Artículos cercanos
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO de la Ley de Ascensos de la Armada de México (Reg_LAAM)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.