Artículo 140. Sin perjuicio del ejercicio de sus atribuciones, la Comisión Federal de Competencia podrá emitir opinión a la Secretaría para que, en su caso, establezca bases de regulación tarifaria de conformidad con lo dispuesto en las fracciones III y IV del artículo 138 del presente Reglamento.
Reglamento [Reg_LAero]
Artículo 140 de REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos
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Título Séptimo De las tarifas · Capítulo Único
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