Reglamento [Reg_LAero]

Artículo 28 de REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos

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REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos (Reg_LAero)

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Artículo 28

Título Segundo De las concesiones y permisos para los aeródromos civiles · Capítulo III Disposiciones comunes

Artículo 28. El concesionario o permisionario deberá anexar a la notificación de cambio de director general o de cualquier miembro de su consejo de administración, o sus equivalentes, la manifestación escrita a que se refiere el artículo 27, fracción I, de este Reglamento.

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