SEGUNDO.- Se abrogan:
I. El Reglamento de Aeródromos y Aeropuertos Civiles, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 15 de noviembre de 1951;
II. El Reglamento de Administración Aeroportuaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 16 de junio de 1975;
III. El Reglamento sobre Inspección, Seguridad y Vigilancia de la Navegación Aérea Civil, publicado en el Diario Oficial del 16 de noviembre de 1979;
IV. El Decreto que crea el Comité Nacional de Seguridad Aeroportuaria para prevenir el apoderamiento ilícito y sabotaje de aeronaves utilizadas en la red de rutas aéreas del país, publicado en el Diario Oficial del 24 de junio de 1972;
V. El Reglamento Interior del Comité Nacional de Seguridad Aeroportuaria, publicado en el Diario Oficial del 26 de julio de 1973, y
VI. Todas las disposiciones administrativas que se opongan al presente Reglamento.
Cuando alguna disposición haga referencia a los reglamentos antes citados, se entenderá hecha al presente Reglamento, en lo conducente.