TITULO XI - PREMIO NACIONAL DE EXPORTACION · CAPITULO UNICO
ARTICULO 209.- La integrará un Comité Evaluador, el cual deberá:
- Analizar y evaluar la veracidad de la información y autenticidad de la documentación que presenten los participantes en los términos prescritos en la convocatoria para participar en el Premio Nacional de Exportación, y
- Fijar los criterios de evaluación de las empresas e instituciones y señalar cuáles de ellas serán las finalistas para ser seleccionadas como merecedoras al Premio Nacional de Exportación.