Reglamento [Reg_LCE]

Artículo 209 de REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior

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REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior (Reg_LCE)

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Artículo 209

TITULO XI - PREMIO NACIONAL DE EXPORTACION · CAPITULO UNICO

ARTICULO 209.- La Secretaría integrará un Comité Evaluador, el cual deberá:

I. Analizar y evaluar la veracidad de la información y autenticidad de la documentación que presenten los participantes en los términos prescritos en la convocatoria para participar en el Premio Nacional de Exportación, y

II. Fijar los criterios de evaluación de las empresas e instituciones y señalar cuáles de ellas serán las finalistas para ser seleccionadas como merecedoras al Premio Nacional de Exportación.

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