TITULO XI - PREMIO NACIONAL DE EXPORTACION · CAPITULO UNICO
ARTICULO 210.- El Comité Evaluador estará integrado por los siguientes miembros:
- El Secretario de Economía, quien lo presidirá;
Fracción reformada DOF
- El Subsecretario de Industria y Comercio, quien fungirá como Vicepresidente del Comité, y
Fracción reformada DOF
- Un representante de cada una de las siguientes dependencias y entidades de la Administración Pública Federal:
- Secretaría de Relaciones Exteriores;
- Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;
Inciso reformado DOF
- Secretaría de Energía;
Inciso reformado DOF
- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;
Inciso reformado DOF
- Secretaría de Comunicaciones y Transportes;
- Secretaría de Educación Pública;
- Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
- Derogado.
Inciso derogado DOF
- Banco Nacional de Comercio Exterior, Sociedad Nacional de Crédito, y
- Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito.
La podrá invitar a representantes del sector privado, así como a especialistas en materia de comercio exterior, a participar en las tareas de evaluación, quienes constituirán el Consejo Consultivo de Evaluación del Premio Nacional de Exportación. Dicha invitación se hará cada año a través de convocatoria pública que aparecerá en el Diario Oficial de la Federación y en dos de los principales diarios de circulación nacional, en el primer trimestre de cada año calendario.