Lectura de artículo · Reg_LCE

Artículo 27

REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior

Artículo 27

TITULO III - PERMISOS PREVIOS Y CUPOS DE EXPORTACION E IMPORTACION · CAPITULO III - Cupos

ARTICULO 27.- Cuando un cupo de exportación o importación se asigne por medio de licitación pública, la :

  1. Publicará la convocatoria correspondiente en el Diario Oficial de la Federación, por lo menos cinco días antes de que inicie el periodo de registro, y

    Fracción reformada DOF

  2. Pondrá a disposición de los interesados, en la fecha en que se indique en la convocatoria, las bases conforme a las cuales se regirá la licitación pública.
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