Artículo 34. Para el registro, integración, organización, actualización y difusión de la información contenida en el Sistema General de Información y Consulta para la Planeación sobre los Sectores Productivos y Cadenas Productivas, la Secretaría, en el ámbito de su competencia, podrá suscribir los convenios que se señalan en la Ley y en este Reglamento.
Asimismo, podrá suscribir acuerdos de carácter internacional para la realización de las actividades previstas en el presente artículo, de conformidad con las disposiciones aplicables en la materia.