CUARTO. Las erogaciones que se efectúen con motivo de la entrada en vigor del presente reglamento se realizarán con cargo al presupuesto que respectivamente le haya sido asignado a la Secretaría de Gobernación, a la Secretaría de Educación Pública y a la Secretaría de Cultura en el Presupuesto de Egresos de la Federación, por lo que no se incrementará su presupuesto regularizable durante el presente ejercicio fiscal y subsecuentes; cualquier modificación al mismo deberá realizarse mediante movimientos compensados conforme a las disposiciones aplicables.
Reglamento [Reg_LEBHN]
Transitorio CUARTO de REGLAMENTO de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
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REGLAMENTO de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales (Reg_LEBHN)
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